Alquilar una vivienda vacía tiene numerosas ventajas. Sólo tienes que buscar siempre obtener la máxima rentabilidad, con un asesoramiento adecuado para conocer tus derechos y obligaciones como casero. Continúa leyendo y descubre los pasos a seguir para formalizar un alquiler seguro de tu vivienda.
Poner mi vivienda en el mercado
Los carteles en los balcones siguen funcionando, pero nada mejor que colgar un anuncio en Internet de tu inmueble. Es imprescindible subir fotos de todas las estancias e incluir toda la información básica relativa al precio, ubicación, características y servicios disponibles. El precio lo marca el mercado, por lo que deberás averiguar las precios que se barajan en tu zona y ajustar el precio de tu vivienda.
Selección del inquilino
El mejor remedio para evitar quebraderos de cabeza es la prevención para no dar con un inquilino moroso. Cuidar la selección es uno de los procesos más importantes a la hora de alquilar tu inmueble. Podemos comenzar la investigación solicitando su nómina y contrato de trabajo, para así comprobar su solvencia y estabilidad laboral. También puedes consultar en los diferentes registros de morosos que existen.
Trámites a realizar con el inquilino
El primer paso es formalizar el contrato. Puedes consultar la Ley de Arrendamientos Urbanos modificada recientemente, en la que puedes observar los derechos y obligaciones tanto para los propietarios como para los inquilinos.
El contrato de alquiler lo puedes redactar tú mismo o descargarte un formulario tipo de Internet (esta segunda opción es la más conveniente) y añadir las cláusulas que creas necesarias. Una vez firmado el contrato deberás inscribirlo en el Registro de la Propiedad de tu Comunidad Autónoma para legalizar el arrendamiento.
Solicitar garantías adicionales
Además del pago de la fianza, la ley permite que se establezca cualquier tipo de garantía del cumplimiento de las obligaciones de pago de manera adicional a la hora de formalizar el contrato, así como la petición de avales.
Duración del contrato
El periodo de vigencia del primer contrato de arrendamiento puede ser de hasta tres años. Una vez finalizado, y si ninguna de las partes plantea variación, se aplica la prórroga tácita automática, por la que quedaría renovado un año más.
Por parte del inquilino, avisando con una antelación mínima de 15 días, puede finalizar el contrato de arrendamiento a los 6 meses de la formalización del mismo. Por parte del propietario tiene que haber pasado un año como mínimo para poder romper dicho contrato, comunicárselo al inquilino con un mes de antelación y demostrar que el inmueble va a ser destinado para primera vivienda familiar.
Certificado energético
La ley exige que el propietario de una vivienda en alquiler presente al inquilino el certificado energético del inmueble, para que pueda calcular los gastos de electricidad y gas que tendrá que afrontar.
Desde La Agencia Negociadora del Alquiler siempre recomendamos a todos los propietarios de inmuebles que quieren ponerlo en alquiler, que acudan a profesionales expertos en la gestión inmobiliaria para garantizar un arrendamiento seguro. Ya que se les asegurará el cobro tanto de la fianza como de las mensualidades, como la resolución de todos las gestiones legales pertinentes.