Un día el cartero trae una notificación del juzgado, la vivienda en la que vives de alquiler sale a subasta, ¿qué significa?, ¿qué derechos tienes como inquilino?, ¿qué escenarios se pueden plantear? Resuelve nuestras dudas José Ramón Zurdo, abogado especializado en arrendamientos y Director del área jurídica de la Agencia Negociadora del Alquiler.
Cuando el arrendador deja de pagar el préstamo hipotecario lo más habitual es que la vivienda arrendada salga a subasta. En ese momento se envía una notificación del juzgado al inquilino, ¿qué sucede en este caso con el inquilino?
Los 2 supuestos más habituales:
- Si el contrato de arrendamiento no está inscrito en el Registro de la Propiedad: El nuevo adjudicatario de la vivienda en la subasta podría no reconocer el arrendamiento existente y echar al inquilino con un pre-aviso de dos meses para abandonar la vivienda.
- Si el contrato de arrendamiento está inscrito en el Registro de la Propiedad antes del derecho de hipoteca: El adjudicatario de la hipoteca debe respetar el arrendamiento pre-existente por el tiempo que falte por cumplir incluidas las prórrogas obligatorias.
En este audio José Ramón Zurdo, abogado especializado en arrendamientos y Director del área jurídica de la Agencia Negociadora del Alquiler explica éstos y otros supuestos relacionados con la subasta y compra de viviendas alquiladas en el programa Más Madrid de La Cope.
¿Qué medidas tomar como inquilino?
El inquilino puede exigir al arrendador una indemnización por los gastos por desalojo en el caso de que el contrato de arrendamiento no esté inscrito en el Registro de Propiedad. Pero, probablemente, el propietario se declare insolvente, ya que no puede afrontar la hipoteca de la vivienda y por eso sale a subasta.
En la Agencia Negociadora del Alquiler somos profesionales especialistas en arrendamientos urbanos en Madrid. Si se encuentra en esta situación contacte con nosotros y le ayudaremos.