Subarriendo de una habitación o la vivienda al completo

En numerosas ocasiones, tras formalizar el contrato de arrendamiento, el inquilino decide alquilar una de las habitaciones de la vivienda o incluso de la casa entera, lo que legalmente es conocido como subarriendo de la vivienda… ¿Pero esta práctica es legal?

Subarriendo de una habitación o la vivienda al completo

Sólo se permite este subarriendo de parte de la vivienda si el dueño los autoriza previamente por escrito en el contrato de alquiler, o en un documento anexo en el que el propietario autorice esta práctica. Este alquiler sólo se podrá realizar de forma parcial, es decir, el inquilino podrá alquilar la vivienda por habitaciones, nunca en su totalidad.

El precio del subarrendamiento de vivienda que perciba el inquilino no puede ser superior al precio del arrendamiento que esté pagándole al arrendador. Si el arrendatario ha subarrendado la vivienda a varias personas, no puede recibir de todos ellos una cantidad superior a la que él le esté pagando al arrendador en concepto de renta.

¿Qué podemos hacer si nos enteramos que nuestro inquilino está realizando un subarriendo sin nuestro consentimiento?

La solución más favorecedora para las dos partes sería hablar con el inquilino y regularizar la situación, autorizando el subarrendamiento del inmueble.

Otra solución más drástica sería acudir a un profesional e iniciar los trámites para echar a ese inquilino de la vivienda, ya que está realizando una actividad no consentida por el dueño y propietario de la vivienda, y por lo tanto ilegal.

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