Una vivienda se considera de protección oficial (VPO) cuando la comunidad autónoma en la que se encuentra, verifica que cumple una serie de características sobre las dimensiones máximas y precio máximo, por medio de la calificación de la vivienda. A cambio el promotor obtiene del estado y la comunidad autónoma donde se encuentre en cada caso, una serie de ayudas que compensan la limitación de precio máximo al que se pueden vender o alquilar.
Definida lo que es una VPO… ¿puedo alquilar mi vivienda de protección oficial?
El precio de la vivienda protegida será siempre inferior a la vivienda libre pero a cambio tendrá una serie de limitaciones: deberán destinarse a vivienda habitual y permanente de familias con ingresos inferiores a una cantidad determinada, teniendo regulado su uso durante todo el tiempo que dure el régimen de protección.
La posibilidad de alquilar una vivienda de carácter protegido, depende de varios factores: la comunidad autónoma en la que se encuentre el inmueble, el Real Decreto aplicable, el hecho de haber obtenido ayudas económicas o préstamo cualificado, la duración del régimen de protección oficial… Además, es importante que sepa que el alquiler de viviendas protegidas se sujeta a un precio máximo, que deberá solicitar que le calculen.
Existe vivienda protegida tanto en venta como en alquiler. Si bien tradicionalmente este sector se ha limitado casi completamente a la primera opción, el último plan de vivienda 2013-2016 se centra en el alquiler. De hecho, el objetivo es fomentar el acceso a la vivienda en alquiler a sectores con dificultades económicas, y un parque público de vivienda en alquiler.
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