¿Me pueden sancionar si no deposito la fianza del alquiler?

La respuesta es muy simple: sí, te pueden sancionar porque el depósito de la fianza es obligatorio en todos los contrato de alquiler.

La fianza la entrega el inquilino al dueño del piso como “seguro” de que cumplirá con todos las condiciones del contrato. Si es así, al finalizar la relación el casero debe devolvérsela íntegramente. Pero, ¿qué ocurre mientras tanto con ese dinero? Debe depositarse en el organismo oficial correspondiente.

Es responsabilidad del dueño de la vivienda; sin embargo, el inquilino también tiene la obligación de exigirle a su casero que deposite la fianza y que le entregue el documento oficial que así lo acredita. Si no se hace, el inquilino no se enfrenta a sanciones pero sí el casero.

¿Cómo es el proceso?

Puede variar según la comunidad autónoma pero normalmente estos son los pasos a dar:

  • Rellenar un formulario online.
  • Acceder a una pasarela de pago e introducir los datos de la tarjeta.
  • Pagar el importe de la fianza.
  • Descargarse un justificante para entregar al inquilino.

¿Qué plazos hay para depositar la fianza?

Por lo general, tienes 30 días hábiles desde la firma del contrato. Si se excede este plazo se añade un recargo del 2% sobre el importe de la fianza. Si pasa más de un año, el recargo será de un 5%.

¿Cuáles son las sanciones?

Depende de nuevo de cada comunidad autónoma pero en Madrid se considera una sanción grave que se castiga con una multa del 26% al 50% de la cuantía de la fianza, con un tope de 90.000€. En Cataluña, por ejemplo, la multa puede ser del 35% al 75% de la fianza.

Los inquilinos, además, sin este documento no podrán solicitar las deducciones pertinentes por el alquiler en su declaración de la renta además de enfrentarse a sanciones importantes si solicitan una deducción que no les corresponde.