Cómo y cuándo puedo actualizar el alquiler de mi inquilino
- Para contratos firmados a partir del 6 de junio de 2013, el alquiler se actualizará (subirá) según el Índice de Precios de Consumo (IPC) General.
- Para contratos firmados a partir del 1 de abril de 2016 se aplica el Índice de Garantía de Competitividad.
¿Cómo se aplica la subida?
Para el IPC, sobre la renta anterior, la variación porcentual experimentada los últimos doce meses anteriores a la fecha de actualización. El Índice de Garantía de Competitividad se calcula cogiendo como referencia el IPC de la Eurozona en relación al IPC español en 1999. El porcentaje puede estar entre el 0% y el 2%.¿Qué ocurre si notifico a mi inquilino la subida y hace caso omiso?
Si estaba recogido en el contrato y el inquilino sigue ingresando la misma cantidad, sin tener en cuenta la subida, el dueño tiene dos opciones:- Rechazarlo, para que no se considere como conformidad ni como renuncia a la revisión.
- Aceptar el pago formulando una reserva formal en la que se le comunique al arrendatario que el pago realizado es un pago parcial.
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