Certificado de Eficiencia Energética, ¿es obligatorio que acompañe al contrato de alquiler?
Sanciones si hay irregularidades en el certificado o si no se dispone de ello
La competencia para inspección e imposición de cualquier tipo de sanción en esta materia corresponde a cada Comunidad Autónoma. En función de la gravedad de la infracción la multa varía desde los 300 euros hasta los 6.000 euros:- Sanciones leves, con multa de 300 a 600 euros :Cuando se publicita la venta o alquiler de una vivienda sin hacer mención a la calificación energética que tiene o bien cuando han pasado los 10 años de vigencia y no se ha renovado el Certificado de Eficiencia Energética.
- Sanciones graves, con multa de 601 a 1.000 euros: En el caso de que se realice una venta o alquiler de un inmueble sin acompañar al contrato el Certificado de Eficiencia Energética en vigor.
- Sanciones muy graves con multa de 1.001 a 6.000 euros: cuando se falsee información del Certificado de Eficiencia Energética o bien se publicite una vivienda con una certificación energética sin haberse obtenido.
0 Comentarios