¿Puedo solicitar un aval bancario a mi inquilino?

Un aval garantiza el cumplimiento de una obligación económica y está a la orden del día en los contratos del alquiler; así, el arrendador se asegura el cobro de la renta aunque el inquilino no pague.

Los avales funcionan como un seguro ya que el avalista se compromete a hacerse cargo de las obligaciones financieras de la persona a la que avala en caso de que esta no pague. Cuando se trata de un aval bancario, es una entidad financiera la que se haría cargo.

¿Puedo exigir un aval bancario al inquilino?

El propietario está en su derecho de asegurar su alquiler y exigir un aval bancario a su inquilino, haciéndolo constar siempre en el contrato antes de su firma.

Las partes deben pactar las condiciones y establecer la cantidad por la cual se asegurará el alquiler; que puede ser desde una mensualidad hasta varias.

¿Qué tipos de aval bancario hay?

Aunque varía dependiendo de la entidad bancaria y de sus propias cláusulas, podemos encontrar en el mercado diferentes tipos de avales bancarios:

  • Avales técnicos: la compañía financiera se hace cargo de las obligaciones del cliente.
  • Avales económicos: el banco asegura hasta una cierta cantidad y durante un plazo delimitado con anterioridad.

Los últimos, los avales económicos, son los más habituales en el caso de alquileres.

¿Quién solicita el aval?

El inquilino tendrá que solicitar a una entidad financiera que se convierta en su avalista. Una vez se lo hayan concedido, el nombre y los datos del propietario del alquiler deben aparecer en el contrato como beneficiario del aval.

¿Cómo reclamo el dinero si el inquilino no paga?

Al constar como beneficiario del aval, en caso de no cobrar la renta, podrás acudir al banco para ejecutar aval y recibir el dinero. Para ello, deberás demostrar el impago de tu inquilino mediante pruebas reales.

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