¿Puedo alquilar mi vivienda de protección oficial?

¿Puedo alquilar mi vivienda de protección oficial? Una vivienda se considera de protección oficial (VPO) cuando la comunidad autónoma en la que se encuentra, verifica que cumple una serie de características sobre las dimensiones máximas y precio máximo, por medio de la calificación de la vivienda. A cambio el promotor obtiene del estado y la comunidad autónoma donde se encuentre en cada caso, una serie de ayudas que compensan la limitación de precio máximo al que se pueden vender o alquilar.

Definida lo que es una VPO… ¿puedo alquilar mi vivienda de protección oficial?

 

El precio de la vivienda protegida será siempre inferior a la vivienda libre pero a cambio tendrá una serie de limitaciones: deberán destinarse a vivienda habitual y permanente de familias con ingresos inferiores a una cantidad determinada, teniendo regulado su uso durante todo el tiempo que dure el régimen de protección.

La posibilidad de alquilar una vivienda de carácter protegido, depende de varios factores: la comunidad autónoma en la que se encuentre el inmueble, el Real Decreto aplicable, el hecho de haber obtenido ayudas económicas o préstamo cualificado, la duración del régimen de protección oficial… Además, es importante que sepa que el alquiler de viviendas protegidas se sujeta a un precio máximo, que deberá solicitar que le calculen.

Existe vivienda protegida tanto en venta como en alquiler. Si bien tradicionalmente este sector se ha limitado casi completamente a la primera opción, el último plan de vivienda 2013-2016 se centra en el alquiler. De hecho, el objetivo es fomentar el acceso a la vivienda en alquiler a sectores con dificultades económicas, y un parque público de vivienda en alquiler.  

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