¿Qué pasa cuándo el inquilino deja de pagar el impuesto al alquiler?

Anteriormente habíamos explicado la existencia del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, llamado comúnmente ITP. Pero ¿qué pasa cuándo el inquilino deja de pagar este impuesto?

En esos casos entran a actuar las oficinas de Hacienda de las Comunidades Autónomas, que pueden dirigirse para su cobro tanto contra el inquilino, como al propietario, pues la Ley del Impuesto considera a los arrendadores responsables subsidiarios de su pago, si no han exigido a los arrendatarios justificación de haber satisfecho este impuesto cuando firmaron el contrato de arrendamiento.

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El pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados sólo afecta a los inquilinos y arrendadores de viviendas, pero no a los contratos de locales de negocio, ni a las viviendas utilizadas como oficinas o despachos, ya que estos arrendamientos de uso distinto al de vivienda, liquidan IVA.

El plazo para liquidar el impuesto es de treinta días hábiles a contar desde el día que se firmó el contrato de arrendamiento.