Gastos de alquiler que podemos deducir en la declaración de la renta

Muchas veces por desconocimiento del funcionamiento de la fiscalidad del alquiler, dejamos de beneficiarnos de algunas desgravaciones en la declaración de la renta. Y es que, si bien estamos obligados a declarar cualquier ingreso percibido por el arrendamiento de nuestros inmuebles, estos rendimientos, como veremos, son algo más que una suma de las rentas obtenidas por el alquiler.




Vamos a repasar algunos de los gastos que podemos deducir de los ingresos anuales obtenidos:

  • Intereses y gastos de financiación: podemos desgravar la parte destinada al pago de intereses en caso de que la casa alquilada tenga hipoteca.
  • Conservación y reparaciones: el dinero que nos cuesten las reparaciones efectuadas en el inmueble alquilado también podremos desgravarlo en la renta. Aquí el problema lo encontramos en la diferencia que desde Hacienda hacen entre reparación y mejora: en este punto solo podremos deducir el dinero invertido en mantenimiento, quedando fuera cualquier mejora o ampliación de los bienes.
  • Tributos, recargos y tasas: podemos deducir de nuestros beneficios cualquier impuesto o recargo siempre que no sea de una sanción. Aquí se incluirían el IBI o la tasa de basura.
  • Derramas, comunidad, portería: el requisito para desgravar estos gastos es que afecten a tu beneficio, es decir, que los pagues tú y no el inquilino.
  • Impagos: en caso de que no nos paguen el alguiler y siempre que el deudor esté en concurso o hayan pasado más de seis meses desde que nos tenían que pagar, podemos imputar el impago como gasto.
  • Seguro del hogar y otros gastos deducibles: siempre que seamos nosotros quienes los paguemos, podemos deducir el seguro de la casa y los suministros y servicios. En este apartado entrarían los gastos del servicio jurídico y tenemos que reclamar, los gastos de formalización del contrato o los de la inmobiliaria.

Por último sobre el resultado final Hacienda te permite aplicar una reducción del 60% del beneficio si el inmueble está alquilado como vivienda y no como oficina.




Como hemos visto, son varias las deducciones y reducciones que podemos aplicar a los beneficios obtenidos de alquilar nuestro inmbueble. Ponte en contacto con nosotros para cualquier duda, y recuerda, ¡alquila seguro!